(Fuente SII)
El 31 de Enero 2014 fue publicada en el Diario Oficial,
la ley que establece el uso obligatorio de la factura electrónica,
junto a otros documentos tributarios como liquidación factura, notas de
débito y crédito y factura de compra. Los plazos para adoptar este
cambio, dependen de los ingresos anuales por ventas y servicios de cada
empresa y si su ubicación corresponde a una zona urbana o rural.
Las
grandes empresas serán las primeras en incorporarse
al sistema, y corresponden a aquellas con ingresos anuales por ventas y
servicios en el último año calendario superiores a las 100.000 UF
(2.340 millones de pesos aproximadamente). Este grupo está compuesto por
alrededor de 7.500 contribuyentes a los que el SII enviará un correo
electrónico durante el mes de febrero, informándoles que es obligatorio
el uso de factura electrónica a partir del 1 de noviembre de 2014.
La siguiente tabla, muestra un resumen con las etapas de incorporación establecidas en la ley, según el tamaño de cada empresa:
Como consecuencia de esta ley, al cabo de 36 meses, todas las empresas
facturarán en forma electrónica, lo que significará la incorporación a
este medio digital de aproximadamente 500 mil contribuyentes.
La ley considera algunas excepciones a la obligación de emitir
documentos electrónicos, por lo que el SII deberá autorizar el uso de
documentos tributarios en papel, extraordinariamente en aquellos casos
relacionados con los contribuyentes que desarrollen su actividad
económica en un lugar sin cobertura de Internet, sin acceso al
suministro eléctrico público o decretado zona de catástrofe.
Adicionalmente, el SII podrá establecer otras situaciones de excepción.